Otro aporte muy valioso es el de la justicia curricular acuñado por la socióloga australiana y profesora de la Universidad de Sydney, Raewyn Connell. En su obra “Escuelas y Justicia Social” expone los principios que debe seguir un currículum escolar para que conduzca a lograr justicia social. Su propuesta se basa en lograr un currículum común, general, que incluya a todos los alumnos pero mirado desde la óptica del que menos tiene.
La idea de justicia curricular apela no sólo al derecho a aprender, sino a que dichos aprendizajes sean valiosos para la gestión de la autonomía y la participación activa de las personas en ámbitos públicos y privados de la sociedad contemporánea.
La justicia curricular puede ser considerada como parte del entramado de los ámbitos de la justicia social. La escuela inclusiva dentro de un proyecto o marco superador que es el de la cultura inclusiva.
Garantizar la justicia social impone desandar las propuestas curriculares segregacionistas, de alumnos separados y diferentes con currículo especial, que dejan intacto el curriculum hegemónico en vigor y sostienen los procesos de exclusión. La justicia social requiere cambiar de punto de partida para reconstruir la corriente principal, de forma que encarne los intereses de las personas menos favorecidas.
El paradigma del derecho en esencia, implica construir y gozar de garantías y derechos consensuados que permitan el desarrollo y la convivencia de las personas en sociedad. Justicia, con frecuencia, se entrelaza con igualdad y equidad.
Es por todos sabido que las desigualdades en el ámbito escolar se instalan, reiteran e insisten por renovados factores: económicos y sociales, del género, la edad, la salud, la educación, el empleo, los grupos de referencia o pertenencia, la región de procedencia, entre otros, generando en cada quien efectos condicionados con su realidad y su necesidad. Entonces, ubicar en situación de igualdad a todos los sujetos, promueve inevitablemente desigualdad. O sea igualar desiguala. Es aquí donde se apela al concepto de equidad para poner en marcha acciones “compensatorias” que superen la simple igualdad para dar más a quienes más lo necesitan.
En síntesis, el concepto de equidad hace frente a las desigualdades considerando las diferencias a fin de compensar y nivelar disparidades.
En palabras de Bolívar (2005), un sistema educativo será más equitativo que otro si las desigualdades en el ámbito educativo son ventajosas para los más desfavorecidos y, además, se cuestiona de forma continua cómo mejorar la condición de los peor situados. En este sentido, la equidad es más justa que la igualdad, pues ejerce una acción “compensadora”; es decir, podemos aceptar una pluralidad cultural y de trayectorias formativas, pero se deben garantizar resultados comunes mínimos al final de la educación obligatoria. Por ello, la equidad es conceptualmente superior a la igualdad al compensar condiciones de desigualdad.
Para lograr la justicia social se debe empezar por hacer del currículo una herramienta que asegure que todos se inserten en la sociedad del siglo XXI, y no sostener currículos diferenciados para pobres y ricos, varones y mujeres, nacionales y extranjeros, con o sin discapacidad, etcétera, como si pertenecieran a distintas especies de personas destinados a ocupar socialmente posiciones de mayor o menor jerarquía social. La verdadera igualdad de oportunidades consiste en que todos reciban la misma educación de calidad.
Desde la justicia curricular se privilegia la generación de condiciones para que el currículo se convierta en un espacio de aprendizaje en entornos altamente cambiantes y complejos, donde la capacidad adaptativa y creativa se convierte en el capital más precisado para el desarrollo de la sociedad contemporánea.
No se trata de desconocer las diferencias, sino de legitimarlas, plantearlas, buscar soluciones, y no taparlas, esconderlas o zanjarlas temporariamente con “dádivas.
La Justicia curricular hace referencia a la posibilidad de garantizar el derecho a la educación de todos posicionando a los sectores populares como el eje de las políticas educativas y como el centro de la educación. Es decir que el punto de partida para la elaboración del currículum tiene que ser los sectores populares. Esto cambia las reglas del juego y pone a todos en posición de igualdad.
La antropóloga sostiene que si el sistema educativo resulta injusto con algunos niños y niñas, no son éstos los únicos que padecen las consecuencias. La calidad de la enseñanza de todos los demás también se degrada. Una educación que privilegia a unos estudiantes sobre otros está dando a los primeros una “formación corrupta”, a la vez que favorece la aparición de desigualdades sociales y económicas.
Tomar en consideración cuestiones de justicia en educación obliga a repensar todo lo relacionado con el currículum: desde las políticas educativas hasta los contenidos escolares, las experiencias y tareas que se promueven, los recursos y materiales didácticos, la función de la evaluación, el rol del profesorado, de las familias y, por supuesto, del propio alumnado. Es preciso, por tanto, poner en acción otro concepto, el de justicia curricular.
Connell señala que uno de los principios básicos que definen la justicia curricular es enseñar ciertos temas o contenidos desde la perspectiva de los más desfavorecidos y no desde la mirada hegemónica del saber de los más favorecidos. Poner en práctica este concepto supone que las políticas educativas, las escuelas, las y los docentes enseñen privilegiando este principio. Enseñar la economía desde la perspectiva de los más pobres, no de los ricos, enseñar cuestiones de género priorizando la posición de las mujeres, o abordar temas de sexualidad partiendo de la situación de los homosexuales, o quizás poner a debatir cuestiones raciales o territoriales desde el lugar de los pueblos originarios.
El currículo está asociado en general a decisiones de orden político sobre lo que se espera de los sistemas educativos y sus actores, y en particular se relaciona con los procesos de formación y escolarización. El currículo ubica los conocimientos y valores culturalmente seleccionados, y por cierto jerarquizados, que se espera transmitir a los miembros más jóvenes como futuros ciudadanos a través de la educación formal.
Connell considera esta tarea como una empresa moral. Según desde dónde se la piense la propuesta curricular puede ser planteada como un instrumento de control, homogeneizador y del poder hegemónico o como una propuesta que fomenta la democracia, la participación y la liberación desde una mirada equitativa que se sostiene desde la justicia social y se plasma en la justicia curricular.
Un elemento importante de la justicia curricular que distingue Connell es la promoción de un currículo común. Lo anterior significa garantizar saberes mínimos en toda la población y, además, promover prácticas de aprendizaje no jerarquizadas y de cooperación, de ahí su carácter común, en tanto sea un currículo compartido orientado a modelar intercambios basados en valores democráticos.
Así desde la vertiente de la justicia social entendida como distribución, el concepto de justicia curricular propicia currículo único y universal, que garantice igualdad en el acceso y la construcción de saberes esenciales para el desarrollo de una sociedad basada en valores democráticos.
Currículo único y universal, orientado al aprendizaje de saberes que posibiliten el desarrollo humano en todas sus aristas (cognitivas, físicas, en valores, interpersonal, afectivas) y fortalezca la vida democrática desde edades tempranas.
Esta propuesta supone estrategias educativas diversificadas que operan desde principios de equidad lo que permite reconocer las diferencias e incluso las dificultades en el aprendizaje y ofrecer apoyos específicos a quien lo necesite.
Diversificar estrategias no significa reducir o seleccionar ciertos saberes, sino construir alternativas que recuperen las experiencias, vivencias, problemas y contextos de los estudiantes.